
Tenía el alta hace más de un año y su familia lo abandonó: la Justicia neuquina ordenó sacarlo del hospital en 20 días
RedacciónQue alguien permanezca internado en un hospital sin necesidad médica que lo justifique ya es, de por sí, una situación que debería activar todas las alarmas del sistema de protección social. Que eso ocurra durante más de un año, mientras la persona afectada comunica a su manera que quiere irse, eleva el caso a una categoría que la Justicia neuquina no pudo ni quiso ignorar.

El protagonista de esta historia tiene 25 años, padece parálisis cerebral y epilepsia, y depende completamente de terceros para realizar las actividades cotidianas. Ingresó al Policlínico Neuquén en diciembre de 2024 y recibió el alta médica en enero de 2025. Desde entonces, sin embargo, siguió ocupando una habitación en el centro de salud no porque lo requiriera su estado, sino porque afuera no había nadie esperándolo.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones, integrada por las juezas Patricia Clerici y Pablo Furlotti, revisó el expediente y fue directa en su diagnóstico: el joven estaba internado "por el abandono en que lo ha colocado su familia". Sus hermanos varones no lo visitaban. La persona designada como figura de apoyo no solo no contribuía económicamente con su asistencia sino que había llegado al extremo de que se le suspendiera la administración de la pensión que recibe el joven. Una acumulación de negligencias que dejó a una persona con discapacidad atrapada en una internación que nadie había pedido y que tampoco nadie resolvía.
Lo más conmovedor del fallo es el rol que tuvo el propio joven en el proceso. Aunque no puede hablar, logró comunicar que quiere irse del hospital. Lo hizo a su manera, con los recursos que tiene, y quienes lo asisten lo registraron y lo trasladaron al expediente. Los camaristas lo tuvieron en cuenta de manera expresa: mantenerlo internado sin necesidad médica concreta implicaba, entre otras cosas, desconocer su voluntad. Una voluntad que, aunque expresada de manera no convencional, es tan legítima como cualquier otra.
El regreso a la vivienda familiar, sin embargo, no es una opción viable en este momento. En el inmueble donde viven sus hermanos y otras personas ajenas a la familia, los informes incorporados al expediente verificaron condiciones de higiene que no son compatibles con las necesidades de cuidado permanente que tiene el joven. Ante ese escenario, la Cámara resolvió intervenir de oficio y ordenar lo que el sistema no había logrado resolver por sí solo.
La resolución es concreta y tiene plazos. Los trámites para encontrar una institución adecuada deben iniciarse en un máximo de cinco días. La externación del hospital y el traslado a ese nuevo lugar deben concretarse en no más de 20 días. El costo de la institución será cubierto por el Instituto de Seguridad Social del Neuquén, con posibilidad de complementar con fondos de la propia pensión del joven si fuera necesario. La orden fue dirigida a la figura de apoyo, bajo apercibimiento de desobediencia judicial si no se cumple en tiempo y forma.
Pero la Cámara no se limitó a resolver el presente. También miró hacia atrás: comunicó el caso al Ministerio Público Fiscal para que evalúe si la conducta de quienes tenían la responsabilidad de acompañar y asistir al joven configura el delito de abandono de persona. Una derivación que deja abierta la posibilidad de que haya consecuencias penales para quienes lo dejaron solo durante más de un año en una cama de hospital.
Este caso no habla solo de un joven y su familia. Habla de los agujeros que tiene el sistema de protección social cuando una persona con discapacidad queda sin red de contención. Y habla también de una Justicia que, en esta oportunidad, decidió no mirar para otro lado.


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